El TS fija que la formación continuada de hace más de 10 años no computa en OPE

2020-07-05 4:00:00

I.P. Nova comenta en Redacción Médica una resolución de la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo que desestima un recurso interpuesto contra una Orden de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León en relación con una OPE para médicos en la que solo se valoraba la formación continuada significativa realizada en un plazo máximo de 10 años antes de presentar la oferta. , hecho que fue demandado por un participante y el cual se ha desestimado. La sentencia estima que una formación con una antigüedad superior a 10 años “ya no puede ser valorada por no ser significativa”. Por tanto, una formación continuada que date de más de ese tiempo queda desvalorizada solo por el hecho se tener esa antigüedad.

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